Texto vigente
(Ultima reforma aplicada 30/12/2002)
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de enero de 2002.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO "EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS", DECRETA:
Artículo Primero. Se expide la siguiente:
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Capítulo II
De las Deducciones
Sección II
De las Inversiones
OPERATIVOS DE UNA
EMPRESA
El efecto que tiene la depreciación fiscal
respecto a los gastos operativos de las empresas, es que
les ahorra una cierta cantidad de dinero al
momento de pagar sus impuestos. Esto se da sobre todo con los
bienes pertenecientes a la empresa, pues con
el paso del tiempo, tendrá lugar un ahorro fiscal
que aumentará conforme se incremente la edad del bien por
el cual se está pagando el impuesto.La Empresa LPTelevision S.A., desea reemplazar un equipo de transmisión cuyo valor de desecho es de $65 000.
El departamento de compras tiene la siguiente propuesta:
Equipo de transmisión con un valor de $300 000 (IVA incluído).
Para la instalación del equipo, el proveedor cobra gastos equivalentes al 11% del valor de la compra (sin considerar el IVA). El proveedor aceptará el equipo obsoleto a cuenta del equipo nuevo sólo en el caso de pago de contado.
Para el mantenimiento del equipo, el proveedor proporciona un servicio semestral con costo de $6 500 durante los primeros 3 años y de $7 000 los últimos dos años.
Además, la empresa deberá contratar un seguro de cobertura amplia cuya prima es de $3 000 para los años 1 y 2 y de $4 000 para el resto de su vida útil.
Los costos de energía que implica la operación del equipo son de $3 800 semestrales en promedio durante los cinco años.
Además, deberá contratarse a un operador del equipo cuyo sueldo será de $31 000 trimestrales durante los primeros 3 años con un incremento del 25% para el resto del periodo.
La tasa de depreciación del equipo para efecto fiscal es del 15% y los gastos de operación y mantenimiento son 90% deducibles. La tasa de ISR que deberá pagar la empresa es del 35%.
El costo de capital es del 15% anual.
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